lunes, 2 de abril de 2012

Condenan a RD por violar los derechos de Narciso González.

Nicanor Leyba/Elcaribe

La Corte Interamericana de los Derechos Humanos condenó a República Dominicana por violar los derechos de Narciso González y sus familiares, por considerar que su omisión impidió esclarecer la desaparición forzada del profesor universitario en 1994, por lo que el Estado tendrá que pagar unos 360 mil dólares a la familia González.

"El Estado es responsable del incumplimiento de su obligación de garantizar los derechos indicados en el punto declarativo primero, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y con los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio del señor Narciso González Medina, por la ausencia de una investigación efectiva de la desaparición forzada, conforme a lo establecido en el párrafo 265 de esta sentencia", determinó la corte, con sede en Costa Rica.

También establece que que el Estado es responsable de la desaparición forzada, en un caso en el que hay testigos que afirman haber visto a la víctima en el J-2 de las Fuerzas Armadas, en la Policía Nacional y en el A-2 de la Fuerza Aérea Dominicana.

"En las decisiones judiciales no se tomaron en cuenta todos los diferentes testimonios que afirmaban la participación de agentes estatales en la desaparición del señor González Medina y su detención en varios organismos estatales de seguridad, sin que conste ningún motivo fundado para restarles valor o no estimarlos confiables", continúa el dispositivo de la sentencia.

Consecuencias

República Dominicana tendrá que garantizar una investigación seria y un proceso judicial que permitan identificar y castigar a los culpables de la desaparición del activista cultural y político, crítico del ex presidente Joaquín Balaguer, quien gobernaba en el momento del hecho.

Mediante sentencia del 27 de febrero de este año, difundida este lunes, la Corte Interamericana de Derechos Humano ordenó al Estado dominicano:

  1. “Continuar y realizar las investigaciones y procesos necesarios, en un plazo razonable, con el fin de establecer la verdad de los hechos (…) y sancionar a los responsables de la desaparición forzada de Narciso González Medina”.
  2. Efectuar, a la mayor brevedad posible, una búsqueda seria para determinar el paradero del señor Narciso González Medina.
  3. Brindar, de forma inmediata, el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas que así lo soliciten.
  4. Publicar el presente resumen oficial de la sentencia en un diario oficial y en un diario de amplia circulación nacional y en la totalidad en el sitio web oficial.
  5. Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso.
  6. Colocar una placa conmemorativa en el Centro Cultura l Narciso González, en la que se haga alusión a esta sentencia, a los hechos y a las circunstancias en que ocurrieron.
  7. Realizar un documental audiovisual sobre la vida de Narciso González Medina.
  8. Garantizar que la aplicación de las normas de su derecho interno (… ) permitan realizar una investigación adecuada de la desaparición forzada.
  9. Pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales y por el reintegro de las costas y gastos así como reintegrar al fondo de asistencia legal de víctimas de la corte interamericana de la cantidad en la sentencia.

Las indemnizaciones y costes que RD tendrá que pagar son 395,419 dólares, divididos así:

  • 50 mil dólares por concepto de los ingresos dejados de percibir por Narciso González desde su desaparición. La mitad deberá ser entregada a Luz Altagracia Ramírez, esposa, y la otra mitad repartida entre sus cuatro hijos: Ernesto, Rhina Yokasta, Jennie Rosanna y Amaury González.
  • 20 mil dólares por “daños emergentes”, que recibirá Luz Altagracia Ramírez, a fin de que los reparta en su familia en las proporciones que considere.
  • 50 mil dólares para Luz Altagracia Ramírez, en compensación por daños inmateriales, entendidos como tales los sufrimientos y perjuicios vividos por la familia.
  • 160 mil dólares para los hijos en compensación por daños inmateriales, repartidos a razón de 40 mil dólares cada uno.
  • 35,420 dólares por resarcimiento de costas y honorarios de la parte contraria en el caso, dividida entre la familia y la Comisión de la Verdad

Sentencias

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